Reclamación de indemnización de un franquiciado por analogía con el artículo 89b del HGB

A principios de 2018, sigue sin estar claro si los franquiciados pueden tener derecho a reclamar una indemnización por analogía con el artículo 89b del HGB. A la luz de las sentencias dictadas en los últimos años, parece haber poco margen para tales reclamaciones de indemnización. Por ejemplo, en el caso de un “negocio anónimo dirigido al gran público” llevado a cabo por el franquiciado, se desestimó de entrada una reclamación de indemnización (Tribunal Federal de Justicia, VII ZR 109/13). El Tribunal Regional Superior de Hamm dictó una resolución en este sentido (OLG Hamm, 18 U 35/13). La denominada sentencia “Joop!” de 29 de abril de 2010, relativa a un contrato de licencia de marca (Tribunal Federal de Justicia, I ZR 3/09), también puede interpretarse, en lo que respecta a las relaciones de franquicia, en el sentido de que las reclamaciones de indemnización solo pueden tenerse en cuenta si, y en la medida en que, el franquiciado distribuya productos fabricados o suministrados por el franquiciador.

Sin embargo, aún no se ha dicho la última palabra. A principios de 2018, el Tribunal Federal de Justicia aún no había decidido si los franquiciados pueden tener derecho a reclamaciones de indemnización poscontractuales y, en caso afirmativo, en qué condiciones.
Por lo tanto, el tema sigue siendo interesante.

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