En la última década, diversas intervenciones odontológicas y tratamientos relacionados se han convertido en una de las formas más populares de asistencia sanitaria privada en Hungría. Según la ley de las probabilidades, el número de casos de negligencia en este sector también ha ido en aumento en los últimos años. ¿Qué se puede hacer si el paciente no está satisfecho con el resultado del tratamiento dental o si se ha producido una negligencia? ¿Cuáles son las consecuencias legales si el servicio prestado es de mala calidad o, llevándolo al extremo —como hemos visto en algunos casos—, si el resultado es peor que la situación inicial? ¿Pueden prescribir este tipo de reclamaciones?
En tales situaciones, el paciente lesionado puede presentar una reclamación de más de una forma; no obstante, es necesario examinar y fundamentar sus fundamentos desde varios puntos de vista. Por un lado, hay que tener en cuenta la validez y la ejecución satisfactoria de la reclamación como categoría jurídica; por otro lado, dadas las diversas cuestiones médicas que intervienen en este ámbito específico, en algunos casos puede ser necesario recurrir a un odontólogo o a un experto en cirugía maxilofacial y bucodental.
La negligencia médica puede dar lugar tanto a una reclamación por daños y perjuicios como a una reclamación de restitución por parte de la parte perjudicada. Sin embargo, es importante señalar que ambas solo pueden estar justificadas en determinados casos. Además del perjuicio material real (por ejemplo, la pérdida de salarios), el pleno disfrute de la vida que se tenía anteriormente puede verse muy a menudo mermado por un plan de tratamiento prolongado, mal gestionado o mal preparado. Por lo tanto, se puede concluir que pueden existir dos tipos posibles de reclamaciones: una por daños y otra por restitución.
¿De qué vías de recurso dispone el paciente lesionado? A este respecto, en primer lugar deben considerarse las soluciones extrajudiciales, es decir, aquellas que no implican un procedimiento judicial, ya que se trata de la opción que menos tiempo requiere y más rentable en los casos en los que existen pruebas claras de negligencia odontológica. La ejecución extrajudicial suele comenzar con un requerimiento de pago emitido por un abogado, lo que a menudo conduce a la resolución del caso, en la que el profesional privado colabora en la rápida resolución de la reclamación, ya que le interesa resolver la supuesta reclamación contra la clínica dental lo antes posible. En consecuencia, este tipo de reclamación, en la que interviene un abogado, presenta una de las tasas más altas de resolución extrajudicial. Si esto no da resultado, la reclamación puede seguir ejecutándose mediante el denominado procedimiento de requerimiento de pago, también sin litigio, siempre que se cumplan las condiciones establecidas por la ley (por ejemplo, un límite en la cuantía). Es importante señalar que la oposición del demandado, es decir, la entidad que realizó el tratamiento dental, convierte este procedimiento en un proceso judicial.
También es posible acudir directamente a los tribunales interponiendo una demanda, ya sea tras el fracaso de los avisos de pago o incluso sin ellos. La experiencia ha demostrado que, en los procedimientos judiciales, tarde o temprano es necesario obtener un dictamen pericial oficial. En caso de litigio, conviene considerar si el demandante puede tener derecho a una exención específica para la suspensión del pago de las costas. Esto significa que, si se cumplen las condiciones, la parte que pretende hacer valer la reclamación queda exenta del pago anticipado de las tasas judiciales. En cuanto a los honorarios de los abogados, estos pueden ser financiados en parte por un seguro de protección jurídica, siempre que se cumplan las condiciones contractuales de la compañía aseguradora.
Para los demandantes no húngaros, el país en el que se pueden reclamar daños y perjuicios e iniciar una demanda no es una cuestión baladí. Por regla general, el demandante que desee interponer su demanda está sujeto a la jurisdicción del demandado: esto significa que la acción se interpondrá ante el juzgado de distrito o tribunal de la localidad donde el demandado tenga su domicilio en Hungría. En casos excepcionales, también es posible interponer la demanda en el lugar donde el demandante tiene su domicilio: recientemente, una persona física austriaca pudo demandar con éxito a una clínica dental húngara en Austria, ya que la clínica había colocado material publicitario y diversos anuncios en la provincia de su domicilio.
En casos muy excepcionales, aunque como posibilidad teórica, también puede iniciarse un procedimiento penal, que podría derivarse del delito de negligencia profesional. Según esta disposición, toda persona que, al infringir una norma profesional, ponga en peligro por negligencia la vida, la integridad física o la salud de otra persona o de otras personas, o cause lesiones corporales, será responsable y podrá ser castigada con una pena de prisión de hasta un año. No obstante, cabe destacar que, en el ámbito de la negligencia odontológica, es mucho más habitual emprender acciones legales en el marco del Derecho civil.
De lo anterior se desprende que, en el ámbito de la negligencia odontológica, la parte perjudicada dispone de varias vías de recurso, como la reclamación de indemnización por daños y perjuicios y de restitución dentro del plazo de prescripción. Nuestro bufete de abogados está a su disposición; póngase en contacto con nuestro abogado, el Dr. Ács Balázs Attila, LL.M., en el balazs.acs@nzp.de